Reforma tributaria: todo sobre la Tasa de desarrollo
Publicado en: De interés el 6 septiembre, 2022
Como incentivo a la inversión en desarrollo, el proyecto de Reforma tributaria propone un incremento del impuesto de primera categoría (IDPC) de un 25% al 27% de la renta líquida de grandes empresas, si es que no hay gastos de desarrollo.
Se establece una tasa de desarrollo de 2% de la Renta Líquida Imponible (RLI), la cual no se enterará como impuesto, siempre y cuando sea destinada a gastos que aumenten la productividad de la empresa y economía.
En el caso de las pymes, pagarán un IDPC de 25%, es decir, no se aplica la tasa de desarrollo.
¿Cuáles son los gastos que las empresas deberían realizar según el proyecto de ley?
a) Los gastos en Investigación y Desarrollo (I+D), por aquella parte que no se utilice como crédito, en el contexto de la ley de incentivos a la I+D privada (ley N°20.241).
b) Gastos destinados al registro y protección de la propiedad industrial, donde cualquier empresa que genere un invento o proceso debe inscribirlo.
c) Gastos destinados a certificaciones de normas ISO.
d) Gastos destinados a la adquisición de manufactura y servicios de alto contenido tecnológico.
e) Gastos en la adquisición de bienes y servicios desarrollados con apoyo público de Corfo.
¡Ojo! Luego de un proyecto de ley nacen circulares y resoluciones que dan una bajada de estas especificaciones.
Lo complejo es que el proyecto señala que «No se autoriza entre partes relacionadas».
¿Qué quiere decir esto?
Por ejemplo, existe un holding donde una empresa presta a su relacionado un servicio. La compañía que está recibiendo el servicio no lo podría considerar dentro de los gastos de desarrollo.
Este es un tema que está en discusión, ya que hay muchas partes que exigen que sí pueda ser considerado como gasto de desarrollo entre partes relacionadas.
¿Qué tipo de gasto sería uno de desarrollo?
Esto también está en discusión, ya que hoy en día está muy asociado al I+D y a Corfo (quienes tendrán que certificar a los proveedores para que puedan prestar sus servicios).
Entonces, en la práctica, ¿cómo se realizará?
Hay una fórmula dentro de la ley que es la renta líquida a la cual se le incrementa los gastos de desarrollo y a eso se le aplica el 2%:
Renta Líquida Imponible
- Gastos Desarrollo
__________________________
Nueva RLI * 2% = R
R – GD = + (impto)
R – GD = – (nada)
De aprobarse, ¿qué significa esto a futuro para las empresas?
Para poder acceder a esta tasa, será fundamental que las empresas realicen una planificación que no esté orientada solo al negocio y a la estrategia, sino que deberá incorporar el análisis tributario.
De esta forma, podrían ahorrar hasta un 2% de impuesto de primera categoría.
Por eso, es importante planificar, proyectar y controlar que el proveedor que preste servicios cumpla con lo que dirá la circular, que esté certificado y que tenga el respaldo.
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